Ley, sin infraestructura, es sólo texto

      Presentación de Fraccional en Audiencia de la Bancada por las Startups

      Chile dio un paso muy importante al promulgar la Ley Fintech, posicionándose como uno de los países más avanzados de la región en materia de activos financieros digitales.

      Esa ley permitió darle un marco jurídico a plataformas de inversión colectiva como Fraccional, donde hoy más de 37.000 chilenos han financiado cerca de 15 millones de dólares en proyectos inmobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero.

      Mi nombre es Tomás Charles, soy co-fundador y CEO de Fraccional.

      Junto a mi equipo estamos permitiendo que miles de personas accedan a inversiones inmobiliarias que antes estaban reservadas solo a inversionistas de alto patrimonio, gracias al financiamiento colectivo.

      Estamos haciendo del mercado inmobiliario algo más líquido, más accesible y más participativo: transable 24/7, desde 100.000 pesos y disponible directamente desde tu celular, sin lidiar con el banco.

      Y nuestro sueño es que, a medida que la vivienda se hace inalcanzable, todo chileno pueda ser propietario, al menos, de un pedacito.

      ¿Y por qué estoy aquí hoy?

      Para hacer esto posible, usamos vehículos de inversión tradicionales, separados por proyecto. En Chile, las Sociedades por Acciones, las SpA, resultan una figura ideal: permiten estructurar propiedad proporcional, con respaldo legal claro, sin exigir que los inversionistas participen en la administración directa de los activos.
      Justamente por eso es que la Ley Fintech aumentó el número máximo de socios en una SpA, de 500 a 2000, para permitir este tipo de estructuras con alta participación de inversionistas minoritarios.

      Sobre esa base, nosotros construimos la capa tecnológica: una plataforma que permite hacerse socio en pocos clics y, de necesitar liquidez, ofrecer esa participación a otros usuarios dentro de un mercado secundario.

      Es decir, tomamos una estructura legal existente y la llevamos a escala digital.
      Lo que la ley Fintech llama una “Plataforma de Financiamiento Colectivo” y un “Sistema Alternativo de Transacción”.

      Pero en la práctica, nos encontramos con una limitación importante.
      Durante 2024, en Fraccional gestionamos más de 200.000 transacciones, que se traducen en millones de documentos generados automáticamente y reportados al Servicio de Impuestos Internos.

      Sin embargo, los sistemas administrativos actuales, como el sistema de carga masiva de socios del SII, no están diseñados para procesar estructuras con miles de socios minoritarios y cambios frecuentes de titularidad, especialmente cuando existe un mercado secundario donde las personas pueden entrar y salir de sus inversiones.

      Y esto no es un problema teórico.
      Durante 2025 se generaron situaciones en que inversionistas que ya no participaban en ciertos proyectos seguían apareciendo como socios en los registros tributarios, mientras que quienes entraban después no figuraban.
      Nosotros declaramos, como corresponde, los dividendos a todos nuestros clientes, pero estas diferencias de registro provocaron observaciones en su operación renta, incertidumbre jurídica y, en algunos casos, bloqueos tributarios personales directos, para personas que no tenían ningún rol en la administración de las sociedades.

      El impacto para Fraccional fue profundo.
      Este problema de infraestructura generó una crisis de confianza en nuestros usuarios, que empezaron a cuestionar si realmente teníamos la casa en orden, y nos hizo perder cerca del 80% de nuestra facturación en solo 4 meses. Problema del que, hasta el día de hoy, seguimos recuperándonos.

      Una empresa que venía creciendo a tasas del 30% mensual durante más de dos años vio en riesgo su continuidad operativa.
      Y lo más delicado: puso en riesgo la confianza de decenas de miles de chilenos en este tipo de plataformas.

      Quiero ser muy claro en esto:
      No fue un problema del modelo de negocios, no fue un problema de mercado.
      Fue un problema de infraestructura administrativa, obligatoria, que no está preparada para el tipo de operación que la Ley Fintech habilita.

      Y por eso estoy aquí, porque no quiero que esto vuelva a pasarle a ninguna fintech.

      El resultado práctico para Fraccional, fue que la estructura tuvo que migrar fuera de Chile para operar con la certeza y eficiencia que requieren este tipo de plataformas.
      Y hoy, cuando otro emprendedor me pide consejos al respecto, con pesar le sugiero que evalúe estructurar en otro país.
      Y creemos que esto representa una señal temprana de una oportunidad de mejora regulatoria con beneficios sistémicos.

      Esto se puede abordar con mejoras muy puntuales:

      Primero, que el Servicio de Impuestos Internos reconozca explícitamente a las empresas con licencia de la CMF para operar como Plataforma de Financiamiento colectivo o Sistema Alternativo de Transacción, como un tipo de operación distinto, con un tratamiento especializado.

      Así como hoy existen sistemas específicos para pasarelas de pago, aquí podría existir un sistema de reporte estandarizado, masivo y auditable, que permita procesar correctamente estructuras con miles de inversionistas y cambios frecuentes de titularidad, sin generar fricción innecesaria.

      Segundo, avanzar en el reconocimiento efectivo de series dentro de una misma estructura.

      Hoy, en Chile, las SpA permiten crear distintas series de acciones, pero en la práctica estas no cuentan con una separación patrimonial completa, ni con un tratamiento claro desde el punto de vista tributario y operativo.

      Eso significa que, aunque podamos diferenciar derechos económicos, seguimos obligados a multiplicar sociedades para aislar riesgos, aumentando innecesariamente la complejidad.

      Avanzar hacia estructuras que permitan una verdadera segregación patrimonial, y que además sean reconocidas y procesables por el SII, permitiría reducir fricción operativa, mejorar la trazabilidad y hacer mucho más eficiente tanto la operación como la fiscalización.

      Y tercero, es abrir la puerta a la participación de inversionistas internacionales sin necesidad de un RUT.

      Permitir que personas puedan invertir utilizando mecanismos de identificación verificable, como un pasaporte, posicionaría a Chile como una plataforma de estructuración regional para el financiamiento colectivo, atrayendo inversión, talento y mayor base tributaria al país.

      Jurisdicciones como Delaware, Luxemburgo o Singapur han logrado posicionarse globalmente mediante vehículos jurídicos simples, confiables y escalables. Chile tiene la oportunidad de hacer algo equivalente en el contexto latinoamericano, aprovechando el marco que ya creó con la Ley Fintech.

      Nuestra intención al compartir esta experiencia no es plantear un problema particular, sino contribuir a que la implementación administrativa pueda acompañar la escala digital que hoy tienen estas nuevas formas de financiamiento.

      Y, sobre todo, poner a disposición nuestra experiencia práctica para colaborar en esos diseños.

      Creemos que pequeños ajustes pueden permitir que más empresas innovadoras elijan estructurarse en Chile, fortaleciendo el mercado de capitales local, mejorando la trazabilidad para el regulador y ampliando las oportunidades de inversión para miles de personas.

      Por lo mismo, nos gustaría que esta instancia pueda dar paso a una mesa de trabajo entre el Congreso, el Servicio de Impuestos Internos, la CMF y actores del ecosistema, para abordar estos puntos de manera coordinada y con foco práctico.

      La Ley Fintech ya creó la oportunidad, lo que falta ahora es que la infraestructura operativa esté a la altura.

      Muchas gracias.

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